Como hemos expuesto anteriormente, existen muchos tipos de ayudas sociales, destinadas a diferentes colectivos, diferentes ámbitos del día a día y en varios estratos administrativos (municipal, autonómico, estatal…)

Hoy me voy a centrar en explicar de forma concreta el trámite para solicitar la ley de dependencia, la ayuda principal a través de la cual se puede acceder a todas las ayudas autonómicas, en nuestro caso, de la Comunidad de Madrid.

Para empezar, lo más importante es tener claro cuando una persona es dependiente: Por definición, una persona dependiente es aquella que necesita asistencia de una o más personas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

¿Cómo solicito la ley de dependencia?

Una vez tenemos claro que nuestro familiar cumple los requisitos para poder ser valorado como dependiente, el procedimiento para solicitar la ley de dependencia es el siguiente.

Tos los servicios públicos de atención cada vez están modernizándose más y por ellos contamos con dos opciones para la tramitación: presencial y electrónica.

Tramitación Presencial

El primer paso es pedir cita en los Servicios sociales municipales de la zona a la que corresponde por empadronamiento, si no se sabe cuál corresponde, se puede solicitar la información en el teléfono 010 de información municipal. Los servicios sociales son siempre el primer filtro para la gestión y la tramitación de cualquier recurso y/o servicio social al que se quiera acceder.

Una vez se tiene la cita, se necesita la siguiente documentación: Solicitud modelo, Fotocopia del DNI, certificado de empadronamiento, Anexo II: informe de condiciones de salud (aportado por el médico de atención primaria), declaración responsable sobre la capacidad económica del solicitante y por último la autorización de comprobación de los datos por parte de la administración.

La trabajadora social de zona hará un informe social para complementar toda la documentación aportada anteriormente. Una vez comenzado el trámite hay que esperar a que personal técnico acuda al domicilio a realizar la valoración.

Otra opción de solicitud presencial es cumplimentar toda la documentación que se puede obtener en la página oficial de la Comunidad de Madrid: Ley de dependencia, documentación a presentar y presentarla en cualquier registro oficial u oficina de atención al ciudadano (en ocasiones, necesitando cita previa) poniendo como destinatario la consejería de políticas sociales, familia e igualdad.

Tramitación electrónica

Para la solicitud electrónica es necesario entrar en la página oficial de la Comunidad de Madrid, os pongo el enlace directo a la misma:

https://sede.comunidad.madrid/prestacion-social/reconocimiento-dependencia

Los pasos a seguir para tramitarlo de esta manera son los siguientes:

  • Tener preparada la documentación que se quiere aportar junto con la solicitud que podemos encontrar en el enlace anterior una vez que pinchamos en el botón de
  • Descargar el documento de solicitud y cumplimentar el formulario, pudiendo darle a guardar al terminar de rellenarlo.
  • Acceder al registro electrónico para presentar toda la documentación
  • Es posible que para los documentos que necesiten ser firmados se necesite tener la aplicación autofirma descargada.

Una vez presentada la documentación de la forma que más sencilla sea para la persona usuaria, se continuará con el tramite de valoración, resolución y concesión de los recursos y servicios asociados al grado concedido.

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